sábado, 14 de marzo de 2015

Plasencia no volverá a exigir fianzas para poder manifestarse en la ciudad

El Ayuntamiento de Plasencia no volverá a exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones en la ciudad, atendiendo al requerimiento que le hizo el Defensor del Pueblo.

La oficina del Defensor del Pueblo ha realizado varias recomendaciones al Consistorio placentino como consecuencia de las sanciones de cien euros que impuso a dos miembros del Campamento Dignidad en abril de 2013 por anunciar una manifestación mediante el reparto de octavillas, uno de los cuales decidió abonar la multa y el segundo acudió al Defensor del Pueblo.

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Extremadura (STA-Ex) ha hecho pública la última respuesta recibida por parte de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, en relación a dichas sanciones y a la modificación del criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones.

En su escrito, Soledad Becerril ha explicado que el Ayuntamiento ha informado de que ha atendido las recomendaciones de la institución y ha modificado el criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones.

Además, ha informado de que no se ha procedido a la devolución de las fianzas solicitadas con motivo de las manifestaciones celebradas los días 18 de abril, 1 y 8 de mayo de 2013, debido a que no llegaron a depositarse.

De igual forma, se ha revocado la resolución sancionadora de 1 de octubre de 2013 que sancionaba a T.I.P.

"Por tanto, dado que se ha solucionado el problema que se había planteado, se procede a dar por finalizadas las actuaciones iniciadas en su momento y el archivo del expediente", concluye el escrito de la Defensora del Pueblo.

Fuentes de la información Agencia EFE, ABC y El Periódico Extremadura:
http://goo.gl/48O6OO
http://goo.gl/oWyH2M

 

viernes, 13 de marzo de 2015

El Ayuntamiento de Plasencia modifica el criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones

Nota de Prensa: El Ayuntamiento de Plasencia atiende las recomendaciones de la Defensora del Pueblo y modifica el criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones. Para su máxima difusión. Gracias.

En comunicación recibida en el día de hoy de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, se pone en conocimiento de este portavoz del Sindicato STA-Ex, organización integrada en la Confederación Intersindical, que en relación a la queja registrada en esa Institución, el Ayuntamiento de Plasencia ha informado de los siguiente:

- Atendiendo a las recomendaciones de esa Institución, se ha modificado el criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones.
- No se ha procedido a la devolución de las fianzas solicitadas con motivo de las manifestaciones celebradas los días 18 de abril, 1 y 8 de mayo de 2013, debido a que no llegaron a depositarse.
- Se ha revocado la resolución sancionadora de 1 de octubre de 2013 que sancionaba a don T.I.P.
Por tanto, dado que se ha solucionado el problema que se había planteado, se procede a dar por finalizadas las actuaciones iniciadas en su momento y el archivo del expediente.

Recordar que el origen de situación se remonta al mes de abril del año 2013, cuando miembros del Campamento Dignidad de Plasencia estaban repartiendo en mano octavillas para invitar a los vecinos a acudir a una manifestación, previamente autorizada. Dos personas que distribuían los papeles en mano fueron sancionadas con una multa de 100 euros.

Nota: Se adjunta, para su conocimiento, la comunicación recibida de la Defensora del Pueblo.


lunes, 9 de marzo de 2015

¿Por qué no se resuelve el Concurso de Traslados de Funcionarios?

Petición dirigida a José Antonio Monago, Presidente del Gobierno de Extremadura
 
¿Por qué no se resuelve el Concurso de Traslados de Funcionarios?

 
Te pedimos que firmes la siguiente petición cuyo fin es poner en conocimiento del Presidente del Gobierno de Extremadura el grave perjuicio que está causando a 1.275 funcionarios, tanto en su vida personal y familiar (conciliación, gastos de desplazamiento, alquileres, etc...), no resolver el concurso de traslados. Gracias.

El enlace para firmar esta petición es el siguiente:

http://goo.gl/07fcxn

Este es el contenido concreto de la petición:

A través de la orden de 23 de diciembre 2013 se convocó la provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso permanente y abierto.

Desde las organizaciones sindicales se insiste a la Administración en el grave perjuicio que está causando a los funcionarios en su vida personal y familiar (conciliación, gastos de desplazamiento, alquileres, etc...) no resolver definitivamente este concurso de traslados.

Comentar que el anterior concurso de traslados se convocó, por la Administración regional, con fecha de 4 de marzo de 2008. Hace ahora 7 años. Desde esa fecha no nos hemos podido mover de nuestros puestos.

Se pone esta cuestión en conocimiento del Presidente del Gobierno de Extremadura para que haga todo lo que este en su mano por resolver, a la mayor brevedad posible, el concurso de traslados de funcionarios. Las 1.275 personas que están pendientes del mismo se lo agradecerían.

Gracias por firmar y difundir esta petición: http://goo.gl/07fcxn

sábado, 21 de febrero de 2015

Objeciones a la "limpieza" y "transparencia" del proceso conocido como el "escándalo de las ITV's de Extremadura"

El sindicato STA-Extremadura no entiende como el Consejero de Fomento del Gobierno de Extremadura, Víctor del Moral, puede  defender la limpieza y transparencia del proceso llevado a cabo en el conocido como el "escándalo de las ITV's de  Extremadura" cuando él mismo indica, en su intervención este pasado jueves ante el Pleno del Parlamento Extremeño, que aún no  ha concluido el trámite de información reservada abierto para comprobar la actuación de los altos cargos implicados en este tema.

Desde el sindicato STA-Extremadura entendemos que el Consejero de Fomento debería de ser más comedido en sus declaraciones y esperar no solo a que concluya el trámite de información reservada abierto para comprobar la actuación de los altos cargos implicados en este tema, sino que debería ser él mismo el que instara a que se abriera una Comisión de Investigación, en el Parlamento de Extremadura, sobre este tema para esclarecer con todo tipo de detalles este feo asunto que, como han calificado los grupos parlamentarios, "huele a podrido" (PREX-CREX) y requiere que se lo investigue de forma "seria y contundente" (IU),  pues son hechos en los que "hay cosas muy raras" (PSOE).

El Consejero de Fomento, Víctor del Moral, ha dicho en su comparecencia que se trata de un proceso legal y transparente, pero para el sindicato STA-Extremadura hay una serie de cuestiones que no encajan con claridad, son las siguientes.-

1.- Víctor del Moral expresa que no había academias privadas que impartieran las acciones formativas por las que se han  cobrado a los alumnos entre 800 y 1200 euros y que ha supuesto, en palabras de la mayoría de los grupos parlamentarios, "un pelotazo de 130.000 euros" para los altos cargos que "tenían que fiscalizar" este proceso.
La siguiente información publicada en un diario regional demuestra que a la propia Consejería de Fomento le consta el interés de empresarios del sector por impartir estos cursos. Cursos sobre los que una empresa del sector de la formación indica, citamos literalmente: "Bastaría ajustar los requisitos de la plantilla a la titulación universitaria o ir a la familia profesional correspondiente en el Sexpe y lanzarlo como curso gratuito. Pero por alguna razón han decidido sacárselo de la  manga" (http://goo.gl/4NmK79).

2.- Víctor del Moral afirma que estos funcionarios que han llevado a cabo estas acciones formativas, calificadas por la mayoría de los grupos parlamentarios como "un pelotazo de 130.000 euros", tenían el "visto bueno" de la consejería, pues se los habilitó para dedicarse a este fin.
Desde STA-Extremadura nos preguntamos, al igual que lo hacen los grupos parlamentarios, cómo es posible que "el jefe de servicio y el jefe de sección de ITV [Consejería de Fomento], formaran parte de la mesa de contratación que adjudica, y ellos dos han dado cursos de formación. Formando parte de la mesa de contratación se han beneficiado de los cursos, y el jefe de servicio es el que firma el informe técnico de adjudicación; y todavía se vuelve a liar más cuando la hija de este señor es contratada por la empresa adjudicataria en la estación de Almendralejo" (http://goo.gl/dfZ7J2).

3.- ¿Es posible, nos preguntamos desde STA-Extremadura, que se haya dado el caso que personas que forman parte de la Mesa de Contratación que adjudican las ITV’s privadas a una empresa concreta, sean las mismas que realizan los cursos de formación a los trabajadores que Itevebasa contrata? (http://goo.gl/6ns6W1); sin olvidar que, al tiempo, insertan laboralmente en estas ITV’s privadas a sus familiares según indica Ricardo Pérez, presidente y director general de ITV Vega Baja S.A. (Itevebasa), el cual "confirma que en la estación de Almendralejo trabaja la hija del jefe de servicio de ITV de la Consejería de Fomento" (http://goo.gl/DpGCQW); añadiendo el propio Ricardo Pérez que "necesitábamos con urgencia un administrativo, teníamos cuatro currículum y este era el mejor porque además tenía experiencia en el programa informático, así que la contratamos" (http://goo.gl/iq22X3). Al tiempo que corrobora que el director de la ITV de Jerez de los Caballeros es hijo de otro administrativo vinculado a la ITV de Mérida que ha trabajado en los últimos años en el núcleo duro de la Consejería de Fomento (http://goo.gl/JRVF8h).

4.- ¿Cómo es posible que se hayan podido resolver y otorgar por la Dirección General de la Función Pública la compatibilidad a una actividad formativa expresamente prohibida por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la cual indica, por ejemplo, que esa compatibilidad no puede ser otorgada para realizar "actividades relativas a asuntos en los que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público"? (http://goo.gl/Hljgif). ¿No es acaso intervenir el formar parte, como titular, en la mesa de contratación que adjudica las ITV’s a una empresa concreta?

5.- ¿No le consta a la Consejería de Fomento que alguno de los funcionarios Jefes en la Consejería, que han participado en estas acciones formativas, hayan intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público en la fiscalización de las ITV's privadas de Extremadura?

6.- ¿No le consta a la Consejería de Fomento que alguno de los funcionarios Jefes en la Consejería, cuyos familiares han sido contratados por la empresa Itevebasa, hayan intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público en la fiscalización de las ITV's privadas de Extremadura?

7.- ¿Algún familiar de los funcionarios que han impartido los cursos ha adquirido su formación, sin necesidad de realizar esos cursos de cualificación impartidos por los Jefes de la Consejería de Fomento, con un coste de entre 800 y 1.200 euros para los alumnos, sino que su cualificación profesional les ha sido convalidada por experiencia adquirida como colaborador en prácticas en alguna ITV pública de la región? ¿Por qué no se ha optado por esta vía de cualificación, gratuita para los alumnos, en todos los casos? ¿Por qué no se ha permitido a alumnos que han cursado Formación Profesional en la rama de Automoción realizar prácticas en alguna de las ITV's de Extremadura y de esta manera convalidar el curso de entre 800 y 1.200 euros por experiencia adquirida como colaborador en prácticas?

8.- ¿Esas 200 horas lectivas, pagadas a 30 euros la hora de tutoría y a 60 euros la hora de ponencia, impartidas en los cursos por los que se ha cobrado a los alumnos entre 800 y 1.200 euros, se han realizado verdaderamente fuera de horas de trabajo? ¿También las prácticas? ¿Tiene la Consejería de Fomento documentos que prueben esta realidad de todos los empleados públicos que han participado en las mismas? ¿En qué instalaciones se han llevado a cabo las acciones formativas? ¿En qué instalaciones se han llevado a cabo las prácticas de los alumnos? ¿En qué horario? ¿Tiene la Consejería de Fomento constancia fehaciente de que las acciones formativas y sus correspondientes prácticas no se han llevado a cabo en horario de trabajo?


lunes, 9 de febrero de 2015

Preguntan por el "escándalo de las ITV’s de Extremadura" a los grupos parlamentarios

Noticia publicada en Tercera Información.-
http://tercerainformacion.es/spip.php?article81135

Preguntan por el "escándalo de las ITV’s de Extremadura" a los grupos parlamentarios

"Cómo es posible que personas que intervienen como titulares en las mesas de contratación que adjudican las ITV’s privadas a una empresa concreta, son las mismas que realizan los cursos de formación a los trabajadores que la misma contrata"


El sindicato STA-Extremadura ha aseverado que "sigue preguntando a los grupos con representación parlamentaria en la Asamblea de Extremadura, y de cara a la investigación que se realizará en esa cámara sobre el conocido como “escándalo de las ITV’s de Extremadura”, lo siguiente:

Cómo es posible que personas que intervienen como titulares en las mesas de contratación (se adjunta contenido del acta de la Mesa de Contratación) que adjudican las ITV’s privadas a una empresa concreta, son las mismas que realizan los cursos de formación a los trabajadores que la misma contrata y, como así titula eldiario.es una de sus noticias: “Jefes de la Consejería de Fomento de Extremadura se lucran con la privatización de las ITV” (http://goo.gl/6ns6W1); sin olvidar que, al tiempo, insertan laboralmente en estas ITV’s privadas a sus familiares según indica Ricardo Pérez, presidente y director general de ITV Vega Baja S.A. (Itevebasa) "confirma que en la estación de Almendralejo trabaja la hija del jefe de servicio de ITV de la Consejería de Fomento" (http://goo.gl/DpGCQW).

Familiares que previamente se han formado, sin necesidad de realizar esos cursos de cualificación impartidos por los Jefes de la Consejería de Fomento y con un coste de entre 800 y 1.200 euros, sino que hayan sido convalidadas por experiencia adquirida como colaborador en prácticas en alguna ITV pública de la región.

Cómo es posible que se hayan podido resolver y otorgar por la Dirección General de la Función Públcia la compatibilidad a una actividad formativa expresamente prohibida por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la cual indica, por ejemplo, que esa compatibilidad no puede ser otorgada para realizar “actividades relativas a asuntos en los que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público” (http://goo.gl/Hljgif). No es acaso intervenir el formar parte, como titular, en la mesa de contratación que adjudica las ITV’s a una empresa concreta.

Desde STA-Extremadura seguimos insistiendo en preguntar a los grupos con representación parlamentaria si los requisitos exigibles establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, se han respetado; fundamentalmente para la autorización de las compatibilidades a todos los empleados públicos que han participado en las mismas, esto es:
- Solicitar previamente la expresa autorización de compatibilidad respecto de la/s actividad/es públicas que se desempeñen.
- Que la actividad no se halle expresamente prohibida, de acuerdo con el apartado “Actividades prohibidas” anterior.
- No impedir ni menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia.
- Que el complemento específico, o conceptos retributivos equiparables, no superen el 30% de las retribuciones básicas, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad.
- Que la dedicación a la actividad privada sea siempre inferior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en la actualidad este requisito equivale a < 17 horas y ½).
- Si hubiera sido autorizada ya la compatibilidad para una segunda actividad pública, la suma de ambas jornadas deberá ser inferior a la jornada máxima en la Administración de la Junta de Extremadura (en la actualidad este requisito equivale a < 35 horas).
- No podrá modificarse la jornada de trabajo y horario del interesado. Así como si todos los funcionarios y empleados públicos que han participado en estas actividades, bien impartiendo los cursos o tutelando las prácticas, lo cobrado por ellas; si las mismas tienen o han tenido familiares contratados en alguna de las ITV privadas de la región; así como si todas ellas han solicitado y se les ha otorgado la compatibilidad por parte de la Dirección General de la Función Pública de Extremadura y bajo qué argumentos (http://goo.gl/Hljgif).


Nota 1: En el acta de la Mesa de Contratación de las ITV’s Privadas, Nº Expediente GPS0313133/20/08/2013 y cuyo objeto, según consta en la misma, fue la concesión administrativa del servicio público de construcción y explotación de Estaciones de ITV en la Comunidad Autónoma de Extremadura (2 lotes); se indican, en relación a los titulares que compusieron dicha Mesa, los siguientes nombres, si cita literalmente:
"Presidente: Ana María López Martín, Jefa de Servicio de Contratación. Secretario: Fernando Luis Pérez de Lemus, Jefe del Negociado de Contratación II Vocal I: María Antonia Rubiales Barrera, Jefe de la Sección de Asuntos Jurídicos y Contratación Vocal II: Pedro Cupido Silva, Jefe de Servicio de ITV Vocal III: Francisco Castilla Lóepz, Jefe de la Sección de ITV Vocal Interventor: José Manuel Moreno Núñez, Representante de la Intervención General de la Junta de Extremadura Vocal Letrado: José Manuel Elías Llera, Asesor Jurídico del Servicio de Régimen Jurídico."
Nota 2: Al final del acta se indica lo siguiente en el apartado de observaciones, se cita también literalmente:
"Podrán asistir a visita informativa en las estaciones de ITV objeto de este contrato, con el fin de facilitar al licitador la presentación de su oferta, el día 12 de septiembre de 2013 a las 11:00 horas en las estación ITV de Herrera del Duque y el día 13 de septiembre de 2013 a las 10:00 horas en la estación de Almendralejo y Olivenza. Para cuestiones técnicas podrán llamar al telf. 6— --- --- (Pedro Cupido).""

martes, 3 de febrero de 2015

El STA-Extremadura pregunta si hay contratos de trabajo de familiares jefes de ITV públicas en las privadas

El Sindicato de Trabajadores de la Administración Pública de Extremadura ha sugerido a los grupos parlamentarios una investigación que determine si en las ITV privadas de la región se han hecho contratos a familiares y amigos de los jefes de las públicas. Del mismo modo, piden que se averigüe si hay algún contrato en las privadas para personas que no hayan realizado los cursos con un coste de entre 800 y 1.200 euros sino que hayan sido convalidadas por experiencia adquirida como colaborador en prácticas en alguna ITV pública de la región.

En este sentido, y a través de un comunicado de prensa, quieren saber por qué no se siguen impartiendo prácticas para adquirir experiencia a los alumnos, por ejemplo, de FP de Automoción o de Administración de Empresas. Aseguran que dejó de hacerse "de golpe" hace unos años salvo excepciones.

Desde el sindicato niegan que les moleste tutelar la formación de alumnos, pero sí que se tenga que hacer si percibir cuantía alguna, cuando "parece ser" que sí había personas que cobraban por realizar esa labor de monitores de prácticas.

Recuerdan que en otras comunidades han sido las empresas beneficiarias las encargadas de dar la formación y que incluso algunas academias se habían ofrecido a impartir estos cursos con personal cualificado. Añaden que les gustaría saber por qué estos cursos no han sido gratuitos para parados si estaban organizados por la Junta y si los requisitos exigibles establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, se han respetado.

Noticia publicada en el diario HOY.-

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jueves, 4 de diciembre de 2014

El Ayuntamiento de Plasencia revoca las sanciones y modifica el criterio de exigir fianzas por manifestarse en la ciudad

Nota Informativa de STA-Ex: El Ayuntamiento de Plasencia revoca las sanciones y modifica el criterio de exigir fianzas por manifestarse en la ciudad.

Se informa a los/as afiliados/as y simpatizantes del sindicato STA-Ex de la respuesta recibida de Doña Concepció Ferrer i Casals, adjunta Segunda del Defensor del Pueblo, en relación a las sanciones a miembros del Campamento Dignidad de Plasencia y a la modificación del criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones.

En relación con su queja, registrada en esta Institución con el número de referencia arriba indicado, se le comunica que el Ayuntamiento de Plasencia, dando cumplimiento a lo que preceptúa el artículo 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, ha dado respuesta a la solicitud de información.

De lo manifestado por dicha corporación se desprende que a partir del 8 de mayo de 2013, en virtud de la problemática surgida sobre la exigencia de garantías, no se han vuelto a exigir fianzas con ocasión de las manifestaciones celebradas posteriormente.

En relación con esta cuestión se ha solicitado al Ayuntamiento de Plasencia que informe de si la modificación del criterio de exigir fianzas con motivo de la celebración de manifestaciones, al amparo de lo establecido en el artículo 43 de la Ordenanza reguladora de la limpieza viaria, es definitiva y de si se ha procedido a la devolución de las fianzas exigidas con motivo de las manifestaciones celebradas los días 18 de abril, 1 y 8 de mayo de 2013.

Por otra parte, teniendo en cuenta que el Ayuntamiento de Plasencia, aceptando la sugerencia formulada por esta Institución, ha revocado la resolución sancionadora dictada en el procedimiento tramitado con el número 5/2013, al encontrarse la conducta de la persona sancionada, don R.M.A, amparada por el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación, se ha solicitado que informe de si se ha procedido a revocar, asimismo, la resolución sancionadora dictada en el procedimiento tramitado con el número 6/2013, incoado por los mismos hechos a don T.I.P.

Le saluda muy atentamente,

Concepció Ferrer i Casals
Adjunta Segunda del Defensor del Pueblo